Embargos Hacienda

 

 

 

Lo primero que tienes que saber antes de nada es que no es lo mismo un embargo que una subasta. Las fases son muy diferentes. Para empezar el embargo se lo pueden hacer a cualquier persona haya firmado un préstamo sin aval o con aval (vehículo, inmueble) o por cualquier otra deuda resultando embargadas cuentas corrientes, nomina, pensión así como cualquier otra cosa que el deudor pudiera tener a su nombre. No obstante no todos los embargos acaban en subasta pues para poder llegar a este punto hace falta que al deudor se le embargue algún bien que pueda ser subastado (vehículo, inmueble)

En cuanto a los acreedores que pueden embargar pues realmente puede ser cualquiera. Es habitual que cuando una persona piensa en embargos y subastas lo primero en lo que se ponga  pensar es en un banco o establecimiento financiero de crédito tradicional, sin embargo tienes que saber que uno de los acreedores que mas suelen llegar a embargo es hacienda y seguridad social.

 

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De hecho según las estadísticas son los primeros en embargar a los deudores, y por supuesto, los mas rápidos.

Es más, estos dos organismos son con casi seguridad las entidades que mas embargan al final del año a sus deudores entre otras cosas por como realizan dichos embargos. Por ejemplo, cuando hacienda quiere embargar alguna cantidad y no puede embargar ningún bien del deudor al no disponer de él es muy habitual que para embargar cuentas corrientes ni tan siquiera avisen a su deudor del procedimiento que se va a llevar a cabo contra él.

La razón por la cual se actúa así es ni más ni menos para que al deudor no le tiempo de sacar el dinero que tiene en las cuentas y evitar así el futuro embargo.

La propia administración del estado es la primera que reconoce el porqué de esta forma de actuar.

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Así pues, con el objetivo de poder dar solución a aquellos clientes que por alguna razón están inmersos en una situación de este tipo desde Grupo Avanza nuestro objetivo hoy es la de explicar que puedes hacer para eliminar estos problemas y como debes de hacerlo. Al menos si quieres hacer las cosas bien porque si lo quieres hacer mal realmente no tienes que hacer nada, solo esperar a que te embarguen junto con los gastos generados en la reclamación.

Cancelar embargos con la entidad bancaria: Si estas en una situación de este tipo el tiempo corre en tu contra. Es así porque a medida que va pasando el tiempo los gastos por el préstamo impagado irán aumentando mes tras mes pudiendo incrementarse en más de la mitad del capital pendiente. Es por ello que desde Grupo Avanza solemos recomendar a los clientes que tienen alguna dificultad para poder pagar un préstamo que lo primero que hagan sea la de comunicar esta situación a su entidad financiera para ver las opciones que estas nos pueden plantear. Os puedo asegurar que los bancos lo último que desean es ejecutar o proceder a un embargo porque eso les acarrea también gastos, en consecuencia siempre estarán abiertos a negociar (dentro de lo razonable) cualquier situación imprevista de este tipo.

 

Otra cosa es que el cliente quiera negociar con la entidad bancaria pasados ya meses desde que se produjo el impago. Aquí ya el cliente lo tiene bastante mas complicado y además por razones obvias.

¿Por qué un banco va a querer negociar con un cliente el cual se ha pasado 6-7-8 meses sin dar señales de vida ocasionando gastos en la entidad bancaria? Es uno de los errores habituales y por los cuales muchos embargos al final acaban en subasta cuando lo curioso es que se podían haber solventado de manera amistosa sin necesidad de llegar a subasta el bien inmueble. Partyflauta: Partituras para flauta dulce

Nuestra recomendación aquí seria de la cancelar el préstamo bancario mediante un préstamo de capital privado. Otra cosa es que haya o no margen para plantear la operación.

❷Cancelar embargos con la seguridad social o hacienda: Aquí pasa de igual manera que cuando es hacienda, que al embargar y subastar tan rápido estos dos organismos el cliente tiene poco tiempo como para poder resolver su problema. En estos casos es evidente porque los préstamos de capital privado son la opción ideal, por rapidez.

Nosotros por ejemplo tenemos un préstamo especifico hecho para cancelar deudas con hacienda y seguridad social con lo cual ya os podéis imaginar cómo estos préstamos tienen bastante demanda en el mercado.

¿Cuanto se tarda en levantar un embargo?

Este plazo depende del acreedor que es quien tiene que hacer las gestiones para efectuar la cancelación. Por cierto, dadas las complicaciones existentes lo ideal al levantar embargo judicial es dejar que lo realice el propio acreedor y ejecutante.Es a quien  además se lo tenemos que reclamar una vez solventada la deuda.

¿Qué pasos tiene que seguir el cliente para cancelar un embargo?

Pues realmente no son muy complicados, tan fácil como llamar al acreedor sea quien sea (hacienda, seguridad social, banco, otro acreedor) y preguntarle directamente que es necesario para poder cancelar el embargo. Casi todos en estos casos dirán que el pago de la deuda por lo que ante esta respuesta vosotros como clientes lo que tendréis que hacer será pedir que os emitan una carta de pago para proceder a la cancelación de su deuda.

En dicha carta de pago se incluirá no solo la información del acreedor y el capital que hay que cancelar sino que además habrá que sumarle la cuenta corriente o donde se tendrá que proceder al pago.

En caso de que estemos ya en un proceso de subasta si se realiza a través de juzgado tendremos que acudir directamente al juzgado para cancelar la subasta aportando el capital que nos están reclamando.

Si a pesar de esta explicación aun tienes dudas sobre cómo resolver un embargo/subasta que tienes encima tuyo lo mejor es que contrates algún profesional para que te gestione directamente esto.

Analista en Préstamos rápidos

Los embargos que hay que cancelar si o si

Con la crisis financiera actual por la que esta travesando España no es de extrañar que la palabra embargo la escuchemos de manera bastante constante.

Aunque a nadie la gusta la palabra hay embargo tenemos que decir que hay embargos peores que otros.

En este artículo pretendemos escribir acerca de los embargos más peligrosos a los que nos podemos enfrentar particulares y empresas y los cuales recomendamos solventar  lo más rápidamente posible.

Embargos con hacienda: Hacienda somos todos. Ese es el eslogan. Pues bien, cuando se produce un embargo y este lo tenemos con hacienda el tiempo es lo que menos tenemos. La única opción que tenemos aquí para ganar tiempo es la de “avalar” las cantidades poniendo alguna propiedad, bien…

De esta manera la hacienda no nos realizara el embargo de manera urgente ya que de alguna manera ya habrá cubierto la deuda.

No obstante, al hacer esto solo ganamos tiempo, aun tenemos que liquidar la deuda con hacienda.

Embargo con la seguridad social: Otra de las deudas que nunca es conveniente tener. Hay que recordar que para aquellos que se escudan en que son insolventes, al tener deudas con la seguridad social esta les puede reclamar cualquier cosa por la que tengan derecho, ya sea ahora o en el futuro.

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Lo primero que tienes que saber antes de nada es que no es lo mismo un embargo que una subasta. Las fases son muy diferentes. Para empezar el embargo se lo pue

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2024-09-23

 

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