Ante los errores cometidos por algunos clientes a la hora de explicar las cargas que tienen sus bienes ya sean inmuebles, vehículos, barcos… a continuación desde Grupo Avanza como empresa que tramita préstamos rápidos tanto con aval como sin aval te explicamos las diferentes cargas que puede tener una garantía sobre sí misma.
Lo primero que vamos a hacer en ese sentido es explicar que significa cuando nuestros agentes financieros preguntan al cliente si el bien aportado como garantía está libre de cargas.
¿Qué significa libre de cargas?
Lo que significa es que el bien aportado por el cliente como aval sea del tipo que sea no tiene ninguna deuda, ni nada que lo grave, es decir, no pesa sobre el bien ningún derecho ni presente ni futuro.
Esto es lo ideal a la hora de conseguir financiación y se usa un aval de por medio pues facilita mucho las cosas.
Cuando el bien aportado tiene alguna carga según del tipo que sea será más o menos difícil realizar la tramitación.
En cuanto a los avales aceptados al menos nosotros desde Grupo Avanza gestionamos varios tipos de préstamos, por un lado tenemos los préstamos sobre inmueble también llamados como hipotecas privadas, en un segundo lugar tenemos los préstamos sobre vehículos o empeño de vehículos que son los usados para casos de necesidad urgente así como para resolver casos complicados cuando los importes son pequeños y medianos y en tercer lugar tenemos el empeño de barcos que es parecido al segundo solo que con diferentes plazos y condiciones.
Por tanto son estos los bienes de los que estamos hablando a la hora de hablar sobre su estado de cargas. En ningún caso preguntamos al cliente que busca tramitar un préstamo sin aval acerca del estado de cargas ya que no hay ningún aval de por medio.
¿Porque los avales que no están libre de cargas son más difíciles que sean aceptados como garantía?
Pues por la sencilla razón de que si el bien tiene cargas la valoración de la garantía se reduce. Es decir, un inmueble valorado en 100 000€ si tiene una hipoteca por ejemplo de 30 000€ es evidente que por mucho que valga 100 000€ nosotros solo podremos contar con que contamos con una garantía valorada en 70 000€. ¿Entiendes?
Y aquí da igual si se trata de un inmueble, vehículo o barco.
A eso añádele que si el bien tiene cargas difícilmente la financiera aprobara el préstamo usando esa garantía a no ser que se cancele la carga existente.
Sobre todo es necesario en el empeño de vehículos y en el empeño de barcos no siendo tan necesario en los préstamos sobre inmueble.
Nosotros desde Grupo Avanza en las hipotecas privadas contamos con la posibilidad de poder hacer préstamos en segundo rango dejando la primera carga sin cancelar aunque también hay que decir que no es lo habitual.
Lo normal en todos los préstamos de capital privado es cancelar la deuda/ carga que aparece en el bien pues en caso contrario el riesgo que asume la financiera es mucho mayor. Blog sobre Formación Universitaria
¿Qué tipo de cargas nos podemos encontrar?
❶Cargas bajo la forma de préstamo: Es de la opciones habituales ya que muchos de los inmuebles y bienes se adquieren mediante financiación o bien se usan para conseguir dinero. Las financieras muchas de ellas suelen exigir avales para poder tramitar el préstamo, por tanto, es normal que luego nos encontremos con hipotecas en el registro de la propiedad, con reservas de dominio en la compra de vehículos por medio de financiera.
Esta carga lo que hace es proteger a la financiera frente a posibles impagos ya que al haber una garantía real de por medio el riesgo se reduce.
No obstante también os tenemos que decir que incluso los préstamos personales pueden acabar gravando alguna de estas garantías.
No pasa en la firma del préstamo pero si en caso de impago.
Si tu no pagas un préstamo personal por ejemplo y tienes algún bien a tu nombre es posible que luego te encuentres con un embargo (es una carga) de la financiera sobre dicho bien.
Queremos dejar claro esto porque hay clientes que piensan que solo pueden embargar sobre bienes los préstamos con aval cuando no es así, incluso el impago de un microprestamo puede acabar embargando un bien (vehículo, inmueble…)
❷Cargas por deudas con la administración: Estas deudas son habituales y además también frecuentes debido a la rapidez con la que la administración procede a embargar.
Tener en cuenta que organismos como hacienda y seguridad social tienen la capacidad para embargar de manera rápida no dando tiempo al cliente a hacer prácticamente nada.
Es más, a los deudores muchas veces ni los avisan acerca del embargo pues saben que en caso de hacerlo muchos de ellos intentarían evitar el embargo sobre los bienes.
❸Deudas con terceros. Aquí no estamos hablando ni de préstamos con financieras ni de deudas con la administración sino de deudas con terceros.
Estos terceros pueden ser empresas proveedoras a los que otra empresa deja a deber, un particular en la reclamación de una deuda….Cualquier cosa, tanto los particulares como empresas siempre y cuando lo puedan justificar pueden acabar embargando bienes del supuesto deudor.
Nosotros por ejemplo en Grupo Avanza nos hemos encontrado que al solicitar la nota simple de la propiedad aparecía alguna deuda con una empresa siendo esta generada por un impago empresarial por ejemplo…
No es tan frecuente como las otras dos pero también se da en el mercado financiero.
Por último añadir que las cargas se ven al pedir el informe de los bienes, por ejemplo, en los inmuebles se ve esto en la nota simple solicitada en el registro de la propiedad, en los vehículos a través del informe de tráfico y sobre barcos en el registro de bienes muebles.
Analista en préstamos rápidos
Estado de cargas de la garantía
Ante los errores cometidos por algunos clientes a la hora de explicar las cargas que tienen sus bienes ya sean inmuebles, vehículos, barcos… a continuación
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2025-01-19
