Continuamos con nuestro diccionario del seguro, comenzamos a definir los términos que comienzan con la letra D: Daño, daño a terceros, daño corporal, daño material, dictamen pericial, doble seguro y duración del seguro.
– Daño: es la pérdida material o personal producida como consecuencia directa de un siniestro. Existen dos tipos de daños; en cantidad, pérdida del producto asegurado y en calidad, depreciación o pérdida parcial del producto asegurado.
– Daño a terceros: es el producido por una persona a otra, pudiendo ser tanto de carácter material como corporal.
– Daño corporal: es el que afecta a la integridad física de la persona (también se denomina lesión corporal)
– Daño material: es el que afecta al patrimonio o bienes de una persona.
– Dictamen pericial: es el informe que realiza el perito tasador con respecto a los daños sufridos en un siniestro, así como sus consecuencias y causas.
– Doble seguro: es cuando un mismo riesgo esta cubierto por dos pólizas aseguradoras simultáneamente. Es una situación habitual en los seguros de riesgos personales en los cuales se contrata seguro de vida y seguro de accidentes para la misma persona. Recopilatorio de partituras para aprender a tocar la flauta dulce de forma progresiva Partyflauta: Partituras para flauta dulce
– Duración del seguro: es el plazo de validez en el cual están cubiertas las garantías indicadas en el contrato del seguro (periodo entre la fecha inicial de la póliza y la fecha de vencimiento).