A la hora de hablar de préstamos rápidos, prestamistas particulares, créditos rápidos, prestamos de capital privado… muchas veces el cliente no sabe quién es el que realiza la tramitación del préstamo, o mejor dicho, quien es el que presta el dinero.
En el artículo que hoy escribimos desde Avanza nos gustaría por tanto explicar quien en España puede prestar dinero, y como podrás comprobar si no conoces el funcionamiento del sector financiero es muy posible te lleves una sorpresa.
Lo primero y mas importante que has de saber es que cualquier persona puede prestar dinero, ya sea una persona física, un autónomo o incluso una empresa. Siempre y cuando el préstamo este documentado y se tribute por el mismo no habrá ningún problema.
Por ejemplo cuantas veces has escuchado decir ¿Que te preste el dinero algún familiar?
Este préstamo aunque sea entre familiares si se quiere hacer de manera legal se tiene que presentar en la hacienda pública para informar sobre ese crédito, no solo eso, también tiene que devengar un tipo de interés mínimo (el mínimo permitido por ley) ya que no se puede prestar al 0%. Aquí, el prestamista aunque sea un familiar tendrá la consideración de un prestamista particular ante todos.
Y aquí da igual el tipo de préstamo que se tramite, no importa si es un préstamo personal sin aval en donde lo que se suele hacer es un contrato privado entre el prestamista particular y el solicitante de dinero, un microprestamo de dinero que se hace de la misma manera o un préstamo de capital privado en donde más que hacerse a través de contrato privado se acude a notaria a firmar el préstamo.
Esa es la diferencia.
Hay que decir también que en España cualquiera puede prestar dinero pero aquellos que se quieran dedican profesionalmente a esto no basta solo con querer prestar dinero sino que tienen que estar registrados como empresas a tal efecto. Es decir, una persona que quiere invertir en un préstamo concediéndolo a cambio de un tipo de interés no tiene que estar dado de alta ya que solo firma 1 operación, no se dedica profesionalmente a esto, ahora, si esa misma persona empezara a firmar 2-3 al mes pues entonces si se vería obligado a registrare como entidad prestamista.
Esto es así ya que en este sector también hay una regulación con el objetivo de proteger a consumidor al igual que pasa con los bancos y demás tipos de entidades financieras.
Porque esto es realmente lo que son, las entidades que se dedican profesionalmente al capital privado actúan como una alternativa a la financiera de toda la vida, dando asesoramiento financiero al cliente, tramitando préstamos de todo tipo… Mazos del Hearthstone
Lo que si tiene que diferenciar el cliente es entre el inversor privado y la financiera privada. Mientras que la financiera privada suele tener diferentes prestamos rápidos entre sus productos financieros como es nuestro caso que tenemos uno 20 diferentes créditos los inversores privados en cambio suelen tramitar un solo tipo de financiación, el préstamo privado.
Los inversores privados que actúan de manera directa al no estar regulados ni muchas veces cumplir con la ley pueden ofrecer préstamos algo más baratos que los de la financiera pero a cambio el consumidor tiene que asumir esa incertidumbre de firmar con alguien que sabes no solo no está regulado sino que además no sabes de donde viene el dinero, quien esta detrás…
No hay más que ver anuncios de gente que dice «inversor directo, tienes el préstamo en 24 horas…»Estos, no forman parte de lo que son las financieras privadas queremos dejarlo claro de antemano.
Diferencias entre persona física y empresa siendo prestamistas particulares
No hay ninguna diferencia, quien presta el dinero puede preferir prestar como persona física o bien actuar a través de empresa pero para el consumidor que es quien pide el dinero es indiferente. Para el que presta en cambio si suelen haber diferencias, lo normal es que para aprovechar las ventajas fiscales existentes se firme todo a través de persona física ya que como empresa todo tiene un mayor coste.
También es habitual que las financieras privadas a la hora de firmar lo hagan todo a través de banco, es decir, ya sea mediante una transferencia bancaria o bien a través de cheque se hace el ingreso del dinero con alguna excepciones claro está. Por ejemplo si el préstamo lo recibe una persona que tiene un embargo encima del inmueble que sirve como aval pues es evidente que el dinero no se le entregara directamente a él, más bien la financiera lo retendrá para ser ella la que liquide directamente la deuda.
Imagínate sino que podría pasar.
Prestas dinero a una persona que está sufriendo un embargo de inmueble justamente para cancelar ese embargo, y luego tras la firma el cliente no cancela el embargo, con lo cual tienes un préstamo en donde realmente no hay ninguna garantía de por medio…
Por otro lado los inversores que actúan sin ninguna empresa seria de por medio suelen hacer la gestión en metálico, pues muchas veces como ya hemos dicho no quieren que haya rastro del dinero en cuentas bancarias…por lo que a la hora de firmar ponen incluso la forma de pago de la cuota del préstamo en una oficina/local en lugar de una cuenta corriente que sería lo habitual.
Analista en Préstamos Rápidos
Prestamistas particulares en España ¿Quien puede prestar dinero?
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2024-09-25