Cuando un cliente solicita un préstamo hipotecario de capital privado o bien incluso bancario puede pasar que el inmueble que aporta como aval no se encuentre todavía registrado a su nombre.
Esto es algo que por ejemplo podemos ver con relativa frecuencia cuando el aval que recibe el cliente viene por una herencia.
¿Por qué en la herencia no se suele registrar el inmueble en el registro de la propiedad?
Motivos pueden haber muchos, sin embargo si es cierto decir que por un lado está el tema de no poder pagar los gastos existentes con el tema de la herencia.
Al hablar de una herencia tenemos que diferenciar dos operaciones distintas.
Por un lado hablamos de la herencia en donde el cliente aun no ha hecho absolutamente nada (no ha aceptado la herencia) y por el otro está el caso sencillo que es aquel en donde el cliente ha hecho ya todo a nivel de notaria faltándole solo lo que es registrar la herencia en el registro de la propiedad.
Nada más se registra la herencia aportando la documentación necesaria al registro el bien inmueble cambia de nombre al nuevo titular del bien, que es quien en definitiva firmaría el préstamo hipotecario.
Esto es algo necesario si se quiere poder firmar un préstamo donde el bien inmueble aportado por el cliente es suyo pero todavía no está registrado a su nombre.
Por cierto que sepas que aunque este inmueble es de tu propiedad ningúna notaria aceptara firmar la hipoteca firmando como titular de un bien inmueble en el cual no apareces como titular en el registro.
Es así de sencillo, es por eso que en Grupo Avanza te explicamos los pasos a ser seguir si quieres tramitar un préstamo de capital privado con nosotros aportando un bien inmueble como garantía que no tienes todavía registrado al venir de una herencia.
¿Qué hacer para registrar la herencia en el registro de la propiedad?
Lo primero de todo es ver que has hecho a nivel de gestión.
¿Has presentado los modelos correspondientes en hacienda? ¿Has pagado ya lo impuestos en caso de tener que hacerlo? ¿Tenéis echa la declaración de herederos? ¿Tenéis testamento?
Una vez que como cliente dispones de todo esto entonces ya puedes empezar a hacer las gestiones con notaria y registro propiedad para registrar todo a tu nombre.
No es complicado hacerlo de hecho, tan fácil como dejar a la notaria que se encargue de todo.
Ellos serán los encargados en base a su conocimiento de presentar todo lo que haya que presentar en el registro para hacer los cambios oportunos.
Por tanto la excusa del «no sé cómo hacerlo» no debería de ser tal pues hoy en día los notarios hacen todo este trabajo por nosotros, para eso se les paga por cierto. ¿QUÉ SARTÉN COMPRAR? Comparativa, precios y análisis de LAS MEJORES SARTENES
Solo en aquellos casos donde el cliente no tiene nada de documentación puede ser un problema hacer esto, ¿Porque?
Pues porque tendrá que hacer muchas más escrituras y en consecuencia el coste para el a nivel de gastos será mucho más elevado.
Lo que a veces hemos hecho en Grupo Avanza es incluir todos los gastos existentes para la aceptación de herencia en la firma del nuevo préstamo por si el cliente por sí solo no pudiera pagar dichas escrituras de manera previa a la otorgación del préstamo.
Dichas escrituras a quien hay que pagarlas es al notario siendo lo ideal que ya estén hechas cuando se acude a una financiera privada a solicitar un préstamo, no obstante en caso de no disponer de ellas siempre puedes dejar que seamos nosotros los encargados de incluir todo esto con la firma del nuevo crédito.
¿Encarece la firma de hipotecas cuando no está hecha la escritura de herencia?
Si la encarece y además no poco pues a la escritura de herencia hay que sumarle luego otra serie de gastos relacionados con la herencia.
Deciros que este incremento en el gasto se ve en el aumento de los gastos existentes incluidos en la firma del préstamo hipotecario.
Lo más barato para la financiera es que el cliente ya tenga toda la documentación preparada solo faltando lo que es la inscripción de la escritura en el registro lo cual no supone un gasto elevado.
Por último nos gustaría añadir en Grupo Avanza que no todas las financieras privadas aceptan tramitar estos préstamos cuando el cliente no tiene todavía el inmueble registrado a su nombre.
En nuestro caso si podemos llegar a plantear la operación de esta manera pues lo que hacemos es hacer la firma en el mismo momento.
Es decir, en caso de no tener hecha la escritura de herencia nos encargamos de hacerla y en la misma firma sino en la posterior nada más el cliente firma la herencia en la siguiente se firma lo que es el préstamo hipotecario.
Por supuesto antes habremos hecho las verificaciones correspondientes con el registro de la propiedad para asegurarnos de la correcta inscripción de la escritura en el registro de la propiedad.
Se concluye por tanto que la firma de préstamos hipotecarios cuando no está la herencia registrada suele suponer un mayor gasto para el cliente así como una menor oferta por parte de las entidades financieras que ofrecen préstamos de capital privado.
En el caso de ser entidad bancaria creo que directamente estas no ofrecen ninguna opción de financiación cuando el inmueble no se encuentra registrado a nombre del actual titular.
Analista en préstamos rápidos y préstamos urgentes
Préstamo hipotecario con herencia
Cuando un cliente solicita un préstamo hipotecario de capital privado o bien incluso bancario puede pasar que el inmueble que aporta como aval no se encuentre
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2024-09-20